El Consejo de Ministros ha anunciado hoy el aplazamiento de la entrada en vigor de la obligatoriedad de utilizar Veri*factu. Es la obligación de que el programa informático (SIF) con el que haces las facturas cumpla unos requisitos técnicos (que sea seguro, íntegro, inalterable, etc.). Esto es lo que ya es obligatorio para los que hacen esos programas informáticos. Lo que se aplaza ahora es la obligatoriedad de su uso, para personas jurídicas (empresas) al 1 de enero de 2027 y para personas físicas (autónomos propiamente dichos), a partir del 1 de julio de 2027.
En consecuencia:
- Para las empresas que tributan en el Impuesto sobre Sociedades, el uso de sistemas informáticos de facturación que cumplan el reglamento Verifactu será obligatorio a partir del 1 de enero de 2027.
- Para el resto de empresas y profesionales autónomos, la obligación se fija en el 1 de julio de 2027.
Hay que recordar que no es lo mismo Veri*factu que factura electrónica. Ésta última es la futura obligación sobre la forma de enviar las facturas a otras empresas y profesionales que regula la Ley Crea y Crece. Todavía no hay fechas definitivas para este punto ya que falta que se apruebe el reglamento que lo desarrolla.
La medida atiende a las reiteradas peticiones de nuestras organizaciones CEOE, CEPYME y ATA, que venían trasladando la dificultad de adaptar los sistemas de las empresas a tiempo y a la que se ha sumado y respalda CIT Marbella.